摘要:El conocimiento del derecho es básicamente la aptitud para distinguir entre enunciados jurídicos verdaderos y falsos acerca del derecho de una determinada comunidad. Tales enunciados son un tipo de enunciados normativos y se refieren a las características normativas (i. e., obligatoria, permitida) de una cierta acción. En su trabajo clásico acerca de los sistemas normativos, Alchourrón y Bulygin ofrecen el análisis más elaborado de la naturaleza de los enunciados jurídicos. Básicamente, ellos señalan que los enunciados jurídicos son proposiciones normativas disfrazadas, i. e., que se refieren de manera oblicua a la existencia de normas. En su opinión, este reduccionismo está vinculado a una concepción positivista del derecho. En este trabajo, sin embargo, se pretende mostrar no sólo diferencias importantes en las distintas caracterizaciones que Alchourrón y Bulygin han ofrecido de los enunciados jurídicos y las proposiciones normativas sino también que un positivista jurídico no está compelido a suscribir su análisis clásico.
其他摘要:The cognition of the law of a certain community requires distinguishing between true and false legal statements. Such statements are a type of normative statements, and normative statements describe that certain actions are obligatory (forbidden) or permitted. In their classical book on normative systems, Alchourrón and Bulygin offer the most elaborated analysis of the nature of legal statements. Basically, they claim that legal statements are disguised normative propositions (that is, propositions that refer to the existence of legal norms) and their reductionism is grounded on a specific conception of law and legal theory: legal positivism. In this paper, I claim not only that Alchourrón and Bulygin actually endorsed different views about legal statements and normative propositions but also that a legal positivist is not committed to subscribe the classical analysis offered by them.