摘要:El Código Civil chileno define el beneficio de competencia en su artículo 1625, señalando que es "el que se acuerda a ciertos deudores para no ser obligados a pagar más de lo que buenamente puedan, dejándoseles, en consecuencia, lo indispensable para una modesta subsistencia, según su clase y circunstancia, y con cargo de devolución cuando mejoren de fortuna".